jueves. 28.03.2024

La plataforma Sí a la Tierra Viva explica en nota de prensa que también ha registrado sus alegaciones en las que desgrana las deficiencias del proyecto y del estudio de impacto ambiental (EsIA), que califican de incompleto e insuficiente, incluso en determinados aspectos con falta de rigor y metodología

En la misma nota añaden que durante las últimas semanas equipos de voluntarios de la plataforma Sí a la Tierra Viva han estado depositando en las oficinas de registro de la Junta de Castilla-La Mancha las 14.000 alegaciones firmadas por vecinos a los proyectos “Matamulas” y “Rematamulas 1 y 2” que Quantum Minería pretende llevar a cabo en el Campo de Montiel. A ellas habrá que sumar las presentadas directamente o a través de otros colectivos sociales. La cifra final superará las expectativas previstas y es indicativa del creciente rechazo social a los proyectos de Quantum Minería. De las 7.500 alegaciones al documento inicial presentado por Quantum Minería en noviembre de 2015, recogidas durante 11 meses, se unen las efectuadas ahora al estudio de impacto ambiental en un plazo de 30 días hábiles desde su exposición pública el pasado 10 de abril.

La preocupación en relación al agua y el medio ambiente, así como la sensibilidad de la ciudadanía a los efectos negativos sobre la salud pública y la economía comarcal han motivado la firma masiva de alegaciones, lanzando así un mensaje claro de oposición a unos proyectos extractivos que no gozan de garantía  de sostenibilidad, lo que "pone en evidencia el empeño de la Junta de Castilla-La Mancha en continuar con la tramitación de los proyectos de Quantum, incumpliendo dos mandatos de archivo de las Cortes regionales así como de la Defensora del Pueblo". Esta actitud contrasta con "la mantenida por el Gobierno de García-Page frente a otros proyectos como el del Almacén Temporal Centralizado (ATC) de residuos nucleares en Villar de Cañas, que recabó 2.500 alegaciones en su momento y al que el Gobierno se está oponiendo incluso en los tribunales de justicia". 

Así lo ha establecido la plataforma en sus alegaciones, donde desgrana las deficiencias del proyecto y del estudio de impacto ambiental (EsIA), que "califican de incompleto e insuficiente, incluso en determinados aspectos con falta de rigor y metodología respecto a la propia Ley Ambiental  y a Directivas europeas sobre Hábitats y Avifauna, haciendo hincapié en que se contraviene el espíritu del Convenio Europeo del Paisaje".

Asimismo se insiste en la cuestión de la presentación fuera de plazo del EsIA  y muestra su "disconformidad con el descaro mostrado por la empresa al presentar nuevamente proyectos carente de las imprescindibles autorizaciones respecto al uso de agua, a los vertidos e incluso a la necesaria viabilidad urbanística de la actividad, y mantiene con firmeza que  sin resolver estos aspectos no se puede autorizar ni ambiental ni sustantivamente el proyecto".

A lo largo de los mas de 100 folios presentados como alegaciones, se contienen más razones que propician el rechazo del EsIA. Así resulta  insatisfactoria la documentación respecto a la modificación del perímetro de las parcelas que se pretende explotar para dar cumplimiento al mandato de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, en lo que se refiere a las zonas de flujo preferente.

También se destaca que varios Ayuntamientos del entorno, entre los que se encuentran Torrenueva y Torre de Juan Abad, han "instado a la designación del Campo de Montiel como Bien de Interés Cultural (BIC) y se está promoviendo  la declaración de la comarca como Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO, motivos suficientes para cancelar en primera fase los proyectos".

Respecto a los aspectos más polémicos como radiactividad, efectos socioeconómicos y afección a Red Natura 2000 que se incluyen en las alegaciones, se trataran en profundidad en una mesa de expertos donde participarán aquellos que han realizado aportaciones técnicas e informes en apoyo de las alegaciones de este colectivo. 

Por último, Si a la Tierra Viva quiere recordar que "un proyecto de interés privado difícilmente puede desarrollar “razones imperiosas de interés público de primer orden”, en relación con la aplicación de Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, la cual establece que  la realización de cualquier Plan o Programa o Proyecto que pueda afectar de forma apreciable a especies que hayan sido catalogadas en el ámbito estatal o autonómico como en peligro de extinción (como es el caso del lince ibérico y del águila imperial ibérica), únicamente se podrá llevar a cabo cuando, en ausencia de otras alternativas, concurran causas relacionadas con la salud humana y la seguridad pública, las relativas a consecuencias positivas de primordial importancia para el medio ambiente u otras razones imperiosas de interés público de primer orden”, por lo cual no se considera que el proyecto se pueda llevar a cabo".

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